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Tenemos la satisfacción de compartir la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo que anula una orden de derribo de unos clientes aceptando los argumentos del despacho en el sentido que había caducado la acción municipal.

Sentencia nº 277/22 del 25 de octubre de 2022

Edificación de planta semisotano, baja, dos plantas y bajo cubierta inacabada, dedicando la baja a vivienda y el resto sin uso con una superficie total construida de 414 m2 fueron realizados sin licencia urbanística y no son legalizables por lo que procede a ordenar su derribo; con el requerimiento para que en el plazo máximo de tres meses procedan a derribar la edificación.